Requisitos mínimos que deben aparecer en los contratos en virtud de lo establecido
en el artículo 109.2 en relación con el artículo 105.2 del Real Decreto 424/2005,
de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para
la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal
y la protección de los usuarios:
1. Domicilio
1. Domicilio
Vodafone España, S.A es una sociedad inscrita en el Registro Mercantil
de Madrid (Tomo 8.156, Sección 8, Hoja 131.612, Folio 61, Inscripción 1º) y con NIF: A-80907397,
cuya sede social, sita en Avenida de Europa 1, Parque Empresarial La Moraleja,
28108 Alcobendas - Madrid, será considerada domicilio de Vodafone a todos los
efectos legales.
2. Cobertura y calidad
Vodafone se compromete a poner a disposición del Cliente información actualizada sobre las zonas de cobertura en que el Servicio esté implantado.
Vodafone cumplirá con los mínimos de Calidad, comprometiéndose a informar al Cliente sobre estos extremos en el Servicio de Atención Telefónica 123 (para clientes particulares) / 122 (para clientes empresa). La cobertura y la calidad del Servicio pueden verse alteradas por circunstancias excepcionales que imposibiliten el cumplimiento de los mínimos de Calidad. Los servicios están referidos al territorio nacional, sin perjuicio de aquellos casos en que el Cliente pueda beneficiarse de la extensión del Servicio más allá del mismo, en la medida en que lo permitan los acuerdos bilaterales que Vodafone concierte con los operadores de los distintos países.
En caso de que se produzca una interrupción temporal en el servicio telefónico móvil disponible al público, el Cliente podrá solicitar formalmente una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
(i) El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo real que afecte al Cliente en servicio, si bien en caso de una antigüedad, como Cliente pospago, inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado o (ii) Cinco (5) veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo real que afecte la interrupción al Cliente en servicio.
Vodafone abonará estas cantidades, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del Servicio suponga el derecho a una indemnización por importe superior a un (1) euro.
No será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:(i) fuerza mayor (ii) incumplimiento grave por el Cliente de las condiciones contractuales, en especial en caso de fraude o mora en el pago o (iii) daños producidos en la red debido a la conexión por el Cliente de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada.
Cuando la interrupción temporal sea debida a causas de fuerza mayor, Vodafone deberá proceder a la devolución automática al abonado de los importes de la cuota de abono y otras independientes del tráfico, prorrateados por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
3. Tarifas de facturación y pago
El Cliente abonará a Vodafone las cantidades devengadas por todos y cada uno de los conceptos correspondientes al Servicio prestado y según las tarifas puestas en conocimiento del Cliente o vigentes en cada momento.
Vodafone comunicará la modificación de tarifas a los organismos competentes en la materia con, al menos, diez (10) días de antelación y al Cliente con un (1) mes de antelación a la entrada en vigor de la modificación. La comunicación al Cliente se podrá realizar a través de la página web de Vodafone, www.vodafone.es, u otro medio alternativo, y en caso de ser solicitado por el Cliente, se le comunicará tal modificación por escrito y sin gasto alguno. La continuación en la utilización del Servicio por parte del Cliente a partir de la comunicación se considerará como aceptación de la misma.
Vodafone facturará mensualmente al Cliente la cantidad que éste deba abonar por la prestación del Servicio. En caso de que por razones técnicas no fuera posible facturar al Cliente en el periodo inmediatamente posterior al devengo, Vodafone podrá presentar al cobro la factura en los siguientes periodos. Vodafone podrá facturar para el cobro inmediato las cantidades devengadas cuando (i) se excedan por el Cliente los límites de crédito pactados, en su caso (ii) se produzca la suspensión o interrupción del Servicio, (iii) el Cliente incumpla el Contrato, o (iv) en casos de fraude o riesgos de impago.
Para efectuar los pagos devengados, el Cliente podrá optar entre la domiciliación bancaria o el pago por cajeros automáticos. El impago por el Cliente de las cantidades debidas por la utilización del Servicio en la fecha en que se deba realizar el pago según factura, implicará la obligación para el Cliente de pagar un interés de demora igual al interés legal del dinero, incrementado en un dos por ciento (2%), así como los gastos bancarios ocasionados por la devolución y sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. Vodafone podrá utilizar y ejecutar para la restitución de las cantidades adeudadas, los datos relativos a las tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitados por el Cliente, o los depósitos, fianzas o demás garantías establecidas.
4. Inicio del servicio y desconexión del servicio
Vodafone iniciará la prestación del servicio telefónico móvil disponible al público al Cliente en los quince (15) días siguientes a la firma del Contrato.
Vodafone informa al Cliente del derecho a la desconexión de las llamadas de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional y llamadas internacionales. A estos efectos, el Cliente ha de comunicar a Vodafone su intención de desconectarse de los servicios mencionados. Vodafone hará efectiva la desconexión en un plazo máximo de diez (10) días desde la recepción de la solicitud. Si dicha desconexión no se produjera en dicho plazo, por causas no imputables al Cliente, serán de cargo de Vodafone, los costes derivados del Servicio cuya desconexión se solicita.
Además, Vodafone podrá introducir los cambios en los sistemas e instalaciones y en la numeración del cliente que vengan exigidos por necesidades técnicas y de evolución.
5. Reclamaciones
En caso de desacuerdo del Cliente relativo a la prestación del Servicio, el Cliente deberá dirigir la reclamación al domicilio social de Vodafone, en el plazo de un (1) mes desde el momento en que tenga conocimiento del hecho que motive la reclamación. La reclamación, que en todo caso será formulada por escrito, no justificara demora o aplazamiento en el pago de la factura objeto de la reclamación.
Asimismo, en caso de que el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de Vodafone en el plazo de un (1) mes, podrá dirigirse durante los tres (3) meses siguientes, a la Junta Arbitral de Consumo o a la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
El Cliente otorga plena validez a los registros almacenados en los sistemas de Vodafone relativos a las conversaciones entre Vodafone y el Cliente, salvo prueba en contrario.
El Cliente tiene disponible en la página web de Vodafone, www.vodafone.es, la información sobre los procedimientos para presentar las quejas, reclamaciones y peticiones.
6. Protección de datos personales y guías de abonados
-En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Cliente queda informado de que se incorporan al correspondiente fichero titularidad y responsabilidad de Vodafone sus datos personales a los que Vodafone tenga acceso como consecuencia de la relación contractual, consultas, transacciones, solicitud de contratos, contratación de productos y servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos (servicios de logos, melodías, imágenes, vídeos, audio, chats, foros o servicios de información, ocio, entretenimiento, mensajería o en general, aquellos que incluyan aplicaciones o servicios adicionales a la mera comunicación) que tengan lugar por cualquier medio. A tal efecto, Vodafone llevará a cabo un tratamiento automatizado de dichos datos con la finalidad de su utilización en relación con el desarrollo del Contrato, la oferta y contratación con el Cliente de los productos y servicios de Vodafone.
Asimismo, el Cliente autoriza a Vodafone a tratar dichos datos con fines de desarrollo de acciones comerciales y de promoción comercial y publicitaria, sean de carácter general o adaptadas a sus características personales, de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por Vodafone, por empresas del Grupo Vodafone del sector de las telecomunicaciones y por terceros que intervengan en la prestación de dichos servicios, durante o con posterioridad a la vigencia del Contrato. El Cliente puede revocar este consentimiento en cualquier momento, sin efectos retroactivos.
Del mismo modo, el Cliente autoriza a Vodafone a la comunicación o cesión de sus datos personales a empresas del Grupo Vodafone del sector de las telecomunicaciones, situadas en España o en el extranjero, y a sus agentes o distribuidores autorizados, con las finalidades anteriormente señaladas.
El Cliente consiente expresamente el tratamiento de los datos a que se refieren los apartados anteriores y a los de tráfico y facturación, para la prestación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos así como para realizar valoraciones en función del uso de los mismos servicios, consentimiento que podrá revocar en cualquier momento.
Vodafone informa al Cliente que sus datos de localización serán cedidos a los servicios de emergencia (112), si así fueren solicitados.
El Cliente puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley, dirigiéndose, por cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción, a Vodafone, Avenida de Europa número 1, Parque Empresarial La Moraleja, 28108 Alcobendas, (Madrid).
-Vodafone informa al Cliente que si éste solicita la inclusión de sus datos personales en guías de abonados, comunicará dichos datos a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, para que ésta pueda ponerlos a disposición de las entidades que elaboren las guías y las entidades que provean servicios de información o consulta.
El Cliente podrá solicitar gratuitamente que sus datos no figuren en las guías de abonados impresas o electrónicas o en los servicios de información sobre números de abonado.
Cuando el Cliente ejerza cualquiera de sus derechos en relación al fichero de guías de abonados o servicios de consulta sobre números de abonados, deberá comunicar a Vodafone su petición especificando si se refiere al servicio de guías impresas o electrónicas y/o de consulta o información sobre números de abonado. A tal efecto podrá dirigirse a la dirección antes reseñada en el domicilio social de Vodafone.
7. Resolución del contrato y condición de permanencia
-El Cliente y Vodafone tienen derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los Contratos. Asimismo, el Cliente tendrá derecho a resolver el Contrato en cualquier momento por comunicación escrita remitida por correo con quince (15) días de antelación a la fecha de extinción, al domicilio de Vodafone, adjuntando copia del DNI o de otra documentación acreditativa de su personalidad. Adjuntando, además, documentación acreditativa del cliente y de su representante. Todo ello sin perjuicio del abono correspondiente de las cantidades devengadas en el momento de la baja por el acceso a servicios, tecnología, planes de precios, compromisos de permanencia o promociones que así lo dispongan.
Será causa de resolución automática del Contrato a instancia de Vodafone la extinción de la habilitación a Vodafone para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo.
Vodafone podrá resolver automáticamente el Contrato por incumplimiento de cualquiera de las condiciones del mismo y en particular, por un mal uso del Cliente del Servicio prestado en los términos de la Condición General 13, cesión con ánimo de lucro en los términos de la Condición General 14, cuando se dé el supuesto de morosidad previsto en la Condición General 4, por incumplimiento de lo establecido en la Condición General 7 y en caso de falta de veracidad de los datos facilitados por el Cliente.
En ningún caso la resolución o el desistimiento del Contrato exonerará al Cliente y a Vodafone de sus obligaciones pendientes por cualquier concepto, como las contraídas al asumir Condiciones Particulares y otras de similar naturaleza.
El Cliente tiene derecho a conservar la numeración asociada a las líneas de su titularidad, en caso de que solicite la portabilidad a otro operador de telefonía móvil. En el caso de los clientes empresa, deberán adjuntar, además, documentación acreditativa del cliente y su representante. -Condiciones del Contrato de Permanencia: El Cliente se compromete a permanecer dado de alta en este Contrato y en un plan de precios de consumo mínimo igual o superior al contratado , con la línea vinculada al mismo durante los 18 meses siguientes a partir de la firma según condiciones de permanencia de Vodafone en cada momento. En caso de baja anticipada del Cliente por cualquier causa, o cambio de plan de precios a uno de tarifa inferior por decisión del Cliente, éste abonará a Vodafone la cantidad máxima de 150 euros (impuestos indirectos no incluidos) que será cargada en la cuenta corriente del Cliente, todo ello sin perjuicio de lo pactado en ulterior condición particular, en su caso.
2. Cobertura y calidad
Vodafone se compromete a poner a disposición del Cliente información actualizada sobre las zonas de cobertura en que el Servicio esté implantado.
Vodafone cumplirá con los mínimos de Calidad, comprometiéndose a informar al Cliente sobre estos extremos en el Servicio de Atención Telefónica 123 (para clientes particulares) / 122 (para clientes empresa). La cobertura y la calidad del Servicio pueden verse alteradas por circunstancias excepcionales que imposibiliten el cumplimiento de los mínimos de Calidad. Los servicios están referidos al territorio nacional, sin perjuicio de aquellos casos en que el Cliente pueda beneficiarse de la extensión del Servicio más allá del mismo, en la medida en que lo permitan los acuerdos bilaterales que Vodafone concierte con los operadores de los distintos países.
En caso de que se produzca una interrupción temporal en el servicio telefónico móvil disponible al público, el Cliente podrá solicitar formalmente una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
(i) El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo real que afecte al Cliente en servicio, si bien en caso de una antigüedad, como Cliente pospago, inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado o (ii) Cinco (5) veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo real que afecte la interrupción al Cliente en servicio.
Vodafone abonará estas cantidades, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del Servicio suponga el derecho a una indemnización por importe superior a un (1) euro.
No será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:(i) fuerza mayor (ii) incumplimiento grave por el Cliente de las condiciones contractuales, en especial en caso de fraude o mora en el pago o (iii) daños producidos en la red debido a la conexión por el Cliente de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada.
Cuando la interrupción temporal sea debida a causas de fuerza mayor, Vodafone deberá proceder a la devolución automática al abonado de los importes de la cuota de abono y otras independientes del tráfico, prorrateados por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
3. Tarifas de facturación y pago
El Cliente abonará a Vodafone las cantidades devengadas por todos y cada uno de los conceptos correspondientes al Servicio prestado y según las tarifas puestas en conocimiento del Cliente o vigentes en cada momento.
Vodafone comunicará la modificación de tarifas a los organismos competentes en la materia con, al menos, diez (10) días de antelación y al Cliente con un (1) mes de antelación a la entrada en vigor de la modificación. La comunicación al Cliente se podrá realizar a través de la página web de Vodafone, www.vodafone.es, u otro medio alternativo, y en caso de ser solicitado por el Cliente, se le comunicará tal modificación por escrito y sin gasto alguno. La continuación en la utilización del Servicio por parte del Cliente a partir de la comunicación se considerará como aceptación de la misma.
Vodafone facturará mensualmente al Cliente la cantidad que éste deba abonar por la prestación del Servicio. En caso de que por razones técnicas no fuera posible facturar al Cliente en el periodo inmediatamente posterior al devengo, Vodafone podrá presentar al cobro la factura en los siguientes periodos. Vodafone podrá facturar para el cobro inmediato las cantidades devengadas cuando (i) se excedan por el Cliente los límites de crédito pactados, en su caso (ii) se produzca la suspensión o interrupción del Servicio, (iii) el Cliente incumpla el Contrato, o (iv) en casos de fraude o riesgos de impago.
Para efectuar los pagos devengados, el Cliente podrá optar entre la domiciliación bancaria o el pago por cajeros automáticos. El impago por el Cliente de las cantidades debidas por la utilización del Servicio en la fecha en que se deba realizar el pago según factura, implicará la obligación para el Cliente de pagar un interés de demora igual al interés legal del dinero, incrementado en un dos por ciento (2%), así como los gastos bancarios ocasionados por la devolución y sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. Vodafone podrá utilizar y ejecutar para la restitución de las cantidades adeudadas, los datos relativos a las tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitados por el Cliente, o los depósitos, fianzas o demás garantías establecidas.
4. Inicio del servicio y desconexión del servicio
Vodafone iniciará la prestación del servicio telefónico móvil disponible al público al Cliente en los quince (15) días siguientes a la firma del Contrato.
Vodafone informa al Cliente del derecho a la desconexión de las llamadas de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional y llamadas internacionales. A estos efectos, el Cliente ha de comunicar a Vodafone su intención de desconectarse de los servicios mencionados. Vodafone hará efectiva la desconexión en un plazo máximo de diez (10) días desde la recepción de la solicitud. Si dicha desconexión no se produjera en dicho plazo, por causas no imputables al Cliente, serán de cargo de Vodafone, los costes derivados del Servicio cuya desconexión se solicita.
Además, Vodafone podrá introducir los cambios en los sistemas e instalaciones y en la numeración del cliente que vengan exigidos por necesidades técnicas y de evolución.
5. Reclamaciones
En caso de desacuerdo del Cliente relativo a la prestación del Servicio, el Cliente deberá dirigir la reclamación al domicilio social de Vodafone, en el plazo de un (1) mes desde el momento en que tenga conocimiento del hecho que motive la reclamación. La reclamación, que en todo caso será formulada por escrito, no justificara demora o aplazamiento en el pago de la factura objeto de la reclamación.
Asimismo, en caso de que el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de Vodafone en el plazo de un (1) mes, podrá dirigirse durante los tres (3) meses siguientes, a la Junta Arbitral de Consumo o a la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
El Cliente otorga plena validez a los registros almacenados en los sistemas de Vodafone relativos a las conversaciones entre Vodafone y el Cliente, salvo prueba en contrario.
El Cliente tiene disponible en la página web de Vodafone, www.vodafone.es, la información sobre los procedimientos para presentar las quejas, reclamaciones y peticiones.
6. Protección de datos personales y guías de abonados
-En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Cliente queda informado de que se incorporan al correspondiente fichero titularidad y responsabilidad de Vodafone sus datos personales a los que Vodafone tenga acceso como consecuencia de la relación contractual, consultas, transacciones, solicitud de contratos, contratación de productos y servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos (servicios de logos, melodías, imágenes, vídeos, audio, chats, foros o servicios de información, ocio, entretenimiento, mensajería o en general, aquellos que incluyan aplicaciones o servicios adicionales a la mera comunicación) que tengan lugar por cualquier medio. A tal efecto, Vodafone llevará a cabo un tratamiento automatizado de dichos datos con la finalidad de su utilización en relación con el desarrollo del Contrato, la oferta y contratación con el Cliente de los productos y servicios de Vodafone.
Asimismo, el Cliente autoriza a Vodafone a tratar dichos datos con fines de desarrollo de acciones comerciales y de promoción comercial y publicitaria, sean de carácter general o adaptadas a sus características personales, de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por Vodafone, por empresas del Grupo Vodafone del sector de las telecomunicaciones y por terceros que intervengan en la prestación de dichos servicios, durante o con posterioridad a la vigencia del Contrato. El Cliente puede revocar este consentimiento en cualquier momento, sin efectos retroactivos.
Del mismo modo, el Cliente autoriza a Vodafone a la comunicación o cesión de sus datos personales a empresas del Grupo Vodafone del sector de las telecomunicaciones, situadas en España o en el extranjero, y a sus agentes o distribuidores autorizados, con las finalidades anteriormente señaladas.
El Cliente consiente expresamente el tratamiento de los datos a que se refieren los apartados anteriores y a los de tráfico y facturación, para la prestación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos así como para realizar valoraciones en función del uso de los mismos servicios, consentimiento que podrá revocar en cualquier momento.
Vodafone informa al Cliente que sus datos de localización serán cedidos a los servicios de emergencia (112), si así fueren solicitados.
El Cliente puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley, dirigiéndose, por cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción, a Vodafone, Avenida de Europa número 1, Parque Empresarial La Moraleja, 28108 Alcobendas, (Madrid).
-Vodafone informa al Cliente que si éste solicita la inclusión de sus datos personales en guías de abonados, comunicará dichos datos a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, para que ésta pueda ponerlos a disposición de las entidades que elaboren las guías y las entidades que provean servicios de información o consulta.
El Cliente podrá solicitar gratuitamente que sus datos no figuren en las guías de abonados impresas o electrónicas o en los servicios de información sobre números de abonado.
Cuando el Cliente ejerza cualquiera de sus derechos en relación al fichero de guías de abonados o servicios de consulta sobre números de abonados, deberá comunicar a Vodafone su petición especificando si se refiere al servicio de guías impresas o electrónicas y/o de consulta o información sobre números de abonado. A tal efecto podrá dirigirse a la dirección antes reseñada en el domicilio social de Vodafone.
7. Resolución del contrato y condición de permanencia
-El Cliente y Vodafone tienen derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los Contratos. Asimismo, el Cliente tendrá derecho a resolver el Contrato en cualquier momento por comunicación escrita remitida por correo con quince (15) días de antelación a la fecha de extinción, al domicilio de Vodafone, adjuntando copia del DNI o de otra documentación acreditativa de su personalidad. Adjuntando, además, documentación acreditativa del cliente y de su representante. Todo ello sin perjuicio del abono correspondiente de las cantidades devengadas en el momento de la baja por el acceso a servicios, tecnología, planes de precios, compromisos de permanencia o promociones que así lo dispongan.
Será causa de resolución automática del Contrato a instancia de Vodafone la extinción de la habilitación a Vodafone para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo.
Vodafone podrá resolver automáticamente el Contrato por incumplimiento de cualquiera de las condiciones del mismo y en particular, por un mal uso del Cliente del Servicio prestado en los términos de la Condición General 13, cesión con ánimo de lucro en los términos de la Condición General 14, cuando se dé el supuesto de morosidad previsto en la Condición General 4, por incumplimiento de lo establecido en la Condición General 7 y en caso de falta de veracidad de los datos facilitados por el Cliente.
En ningún caso la resolución o el desistimiento del Contrato exonerará al Cliente y a Vodafone de sus obligaciones pendientes por cualquier concepto, como las contraídas al asumir Condiciones Particulares y otras de similar naturaleza.
El Cliente tiene derecho a conservar la numeración asociada a las líneas de su titularidad, en caso de que solicite la portabilidad a otro operador de telefonía móvil. En el caso de los clientes empresa, deberán adjuntar, además, documentación acreditativa del cliente y su representante. -Condiciones del Contrato de Permanencia: El Cliente se compromete a permanecer dado de alta en este Contrato y en un plan de precios de consumo mínimo igual o superior al contratado , con la línea vinculada al mismo durante los 18 meses siguientes a partir de la firma según condiciones de permanencia de Vodafone en cada momento. En caso de baja anticipada del Cliente por cualquier causa, o cambio de plan de precios a uno de tarifa inferior por decisión del Cliente, éste abonará a Vodafone la cantidad máxima de 150 euros (impuestos indirectos no incluidos) que será cargada en la cuenta corriente del Cliente, todo ello sin perjuicio de lo pactado en ulterior condición particular, en su caso.
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